El Poder Ejecutivo emitió el Decreto N.º 3899, mediante el cual establece la obligatoriedad de adquirir productos de la agricultura familiar campesina y de las MIPYMES para los proveedores del programa “Hambre Cero en las escuelas”.

La normativa fue dada a conocer este jueves en conferencia de prensa y busca garantizar la participación directa de pequeños productores y emprendedores nacionales en la provisión de alimentos escolares.
Según el decreto, al menos el 10% del total contratado deberá incluir productos provenientes de la agricultura familiar campesina, y el 5% de micro, pequeñas y medianas empresas.

El ministro Rojas explicó que esta medida no figuraba en la ley ni en el decreto reglamentario original del programa, lo cual motivó la emisión de una nueva disposición específica.
Sin embargo, a partir de ahora, los proveedores deberán presentar mensualmente facturas que respalden las compras realizadas a estos sectores, las cuales deberán ser cargadas al sistema informático SIAE.

“La intención es asegurar que los pequeños productores y las MIPYMES tengan la posibilidad de comercializar sus productos de manera directa, sin intermediarios, en el marco de este ambicioso plan de alimentación escolar”, explicó Rojas.

Asimismo, se advierte que el incumplimiento de esta disposición conllevará sanciones severas, en línea con la política de transparencia y apoyo a la producción nacional impulsada desde el Ejecutivo.